La Convención afirma que el PCI se manifiesta en particular en los ámbitos siguientes - Tradiciones y expresiones orales, incluido el idioma como vehículo del patrimonio cultural inmaterial;
- Artes del espectáculo (como la música tradicional, la danza y el teatro);
- Usos sociales, rituales y actos festivos;
- Conocimientos y usos relacionados con la naturaleza y el universo;
- Técnicas artesanales tradicionales.
La Convención de 2003 para la Salvaguardia del Patrimonio Cultural Inmaterial define el patrimonio cultural inmaterial más concretamente como los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas que las comunidades, los grupos y, en algunos casos, los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural. Es interesante destacar que la Convención incluye también en su definición de instrumentos del PCI los objetos, artefactos y espacios culturales relacionados con las manifestaciones del PCI, estableciendo así la posibilidad de una cooperación efectiva con otros instrumentos normativos internacionales. La definición de la Convención de 2003 señala igualmente que el patrimonio cultural inmaterial, cuya salvaguardia pretende la Convención - se transmite de generación en generación;
- es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia;
- infunde a las comunidades y los grupos un sentimiento de identidad y de continuidad;
- promueve el respeto de la diversidad cultural y la creatividad humana;
- es compatible con los instrumentos internacionales de derechos humanos existentes;
- cumple los imperativos de respeto mutuo entre comunidades, grupos e individuos y de desarrollo sostenible.
- Respecto a la relación y las diferencias entre patrimonio material e inmaterial, y entre la protección y salvaguardia de ambos, véase más adelantes la Declaración de Yamato.
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